Dos años y un mes de inhabilitación para el presidente del Calahorra
9 de enero de 2015 | Fútbol Formativo | Redacción
Se ha cerrado el primer frente de los que tiene abiertos Francisco Montes, presidente del Calahorra, por su presunta agresión al colegiado del partido de alevines que disputó su club frente al Salvador Allende. Pendientes del dictamen del juez, de la posible sanción del Comité Antiviolencia, e incluso de la apertura de un nuevo juicio por la supuesta falsificación de documento público, la justicia deportiva ha hablado, el comité de competición de la Federación Cordobesa de Fútbol sanciona al dirigente con dos años y un mes de inhabilitación, tanto por la agresión, como por los insultos y amenazas, además se sanciona con cuatro meses al delegado del club, Francisco José Cerezo, y se le restan dos puntos de la clasificación al equipo. Este es el contenido íntegro de la resolución:
"En el curso del expediente del partido de referencia este Comité procedió a realizar instrucción, siendo nombrado Instructor del mismo D. Iván Rodríguez Cerro y en presencia del Secretario General de esta F.C.F. D. Manuel Rodríguez Jurado, y a tomar declaración mediante citación presencial y testifical al colegiado D. Guillermo Ávila Campos, a los dirigentes, técnicos y representantes del Calahorra D. Francisco José Montes Merino, D. Francisco Javier Álvarez Pérez y D. Sergio Ariza Romero y al Entrenador del Salvador Allende D. Manuel Paredes Cabanillas.
De las anteriores declaraciones queda acreditado sin género de dudas la identificación de la persona que protagonizó el incidente con el colegiado como D. Francisco José Montes Merino, ya que él mismo y D. Sergio Ariza Romero reconocen la participación del primero y eximen a D. Francisco Javier Álvarez Pérez, quien al parecer no estuvo presente en el partido, pese a que su ficha pudo ser utilizada para identificar ante el colegiado a la persona que ocupaba el banquillo.
D. Fco Javier Álvarez Pérez alega que su ficha federativa solo está al alcance y disposición de los directivos del club Calahorra para ser utilizadas, como es el caso de D. Francisco José Montes Merino, quien fue la persona que entregó la ficha al árbitro, al tiempo que ostenta la condición de Presidente del Calahorra CF, según consta en los antecedentes obrantes en esta Federación. El colegiado del partido manifiesta que, en su opinión, la fotografía de la ficha había sido modificada sustituyendo la de D. Francisco Javier Álvarez Pérez por la de D. Francisco José Montes Merino, lo que generó su confusión en primera instancia en la identificación del autor de los hechos de referencia.
Del contenido del acta arbitral y documentos complementarios al expediente, como parte de lesiones, así como del proceso contradictorio realizado mediante declaración testifical personal realizada antes este Comité, se concluye que el comportamiento del Sr. Montes Merino durante todo el encuentro, incluidos ya los prolegómenos al mismo, es constitutivo del tipo del art. 44.1 ya que queda acreditado que insultó y amenazó repetidamente al colegiado del encuentro, en diferentes momentos del mismo.
Asimismo, queda acreditado unánimemente por los comparecientes, que en un momento determinado del partido y con ocasión de una parada del juego, el Sr. Montes Merino penetró en el terreno de juego y golpeó a éste con su mano, mientras le recriminaba sus decisiones, en una zona comprendida entre el cuello y la cara, acción que corresponde a la reflejada en el acta como “un puñetazo”, y en cualquier caso constitutiva de agresión en normativa deportiva, y de la que subyace una relación causal evidente con las lesiones sufridas por el colegiado acreditadas en los documentos médicos aportados.
Por ello, este Comité acuerda: CERRAR EXPEDIENTE.
1º.- Sancionar al Presidente del Calahorra CF D. Francisco Montes Merino con una sanción de inhabilitación por período de dos años, por la agresión al colegiado, dado que queda acreditada la existencia de baja laboral o equivalente del agredido y la condición de directivo del autor al momento de los hechos (art. 44.3). Y multa de 520 euros según la circular nº 7 de la F.C.F.
2º.- Sancionarlo igualmente por período de un mes por los insultos y amenazas reiteradas realizadas al árbitro (art. 36.3). Y multa de 20 euros según la circular nº 7 de la F.C.F.
3º.- Sancionar con 4 meses al Delegado del Calahorra C.F. D. Francisco Jose Cerezo Cuevas (2 meses por el art. 36.4 y 2 meses por el art. 36.6) y multa de 80 euros según la circular nº 7 de la F.C.F.
4º.- Trasladar el expediente a la Fiscalía, por si de los hechos relatados pudiera derivarse responsabilidad penal por la comisión de un presunto delito de falsificación de documento público.
5º.- Trasladar el expediente a la Subdelegación del Gobierno, por si la comisión de los hechos relatados pudiera ser constitutiva de infracción administrativa o de la normativa vigente en materia de prevención de la violencia en los espectáculos deportivos.
6º.- 1ª, 2ª y 3ª Advertencia de perdida de puntos al Calahorra C.F. y perdida de 1 punto por la sanción impuesta al Sr. Presidente.
7º.- 1ª, 2ª y 3ª Advertencia y 1ª de un nuevo ciclo y por lo tanto perdida de 1 punto al Calahorra C.F. por la sanción impuesta al Sr. Delegado".